"Si alguno dice: «Yo amo a Dios», pero odia a su hermano, es mentiroso, pues el que no ama a su hermano a quien ha visto, ¿cómo puede amar a Dios a quien no ha visto?"
(1 Juan 4:20)

La Junta Directiva es el órgano ejecutivo de la Cofradía y está integrada por el Presidente, El Vicepresidente, el Secretario, el Administrador, el Consiliario y dos Vocales miembros ordinarios activos.

Los miembros de la Junta Directiva son elegidos por un período de tres años, pudiendo ser reelegidos, pero no más de una sola vez consecutiva.

Las competencias de la Junta Directiva son especialmente las siguientes:

  • Ejecutar los acuerdos válidos de las Asambleas Generales, que no se encarguen a una comisión especial o persona.

  • Preparar la memoria y el plan anual de actividades de la Cofradía.

  • Aprobar el estado de cuentas del ejercicio económico anual y el presupuesto ordinario y extraordinario preparado por el Administrador, antes de presentarlo a la Asamblea General;

  • Preparar el orden del día de las Asambleas Generales.

  • Admitir los nuevos miembros de la Cofradía, decidir la baja de los miembros, a tenor del artículo 18, y el cambio de la condición de miembros ordinarios activos a asociados y viceversa.

  • Otorgar poderes notariales y delegar las facultades necesarias para legitimar actuaciones respecto de terceros, y otorgar poderes a abogados y procuradores de los Tribunales para defender y representar a la Cofradía en asuntos judiciales.

Fuente: Estatutos. Título IV. Capítulo II. Arts. 22 y 23.